Hacienda ha querido asegurarse de que sus contribuyentes eran conocedores de la fecha límite de pago: queda menos de un mes
Los ciudadanos españoles ya son conocedores de cuándo tendrán que pagar una importante cantidad de dinero a la Agencia Tributaria. El segundo plazo para hacerlo ya se ha dado a conocer. Este hecho obliga a miles de contribuyentes tener reservada una cantidad de dinero acorde a lo que les saliera a pagar en su última declaración de la renta. En concreto es el 40%, una cifra que puede ser muy elevada, aunque depende evidentemente de lo que genere el trabajador.
Lo más habitual en España es hacer la declaración de la renta entre los meses de mayo y junio. Bien es cierto que se puede hacer desde principios del mes de abril. En cuanto la realizas, Hacienda te confirma si debes pagar, o por el contrario debes ingresar cierta cantidad de dinero al haber tributado más de lo que realmente correspondía. Evidentemente, todos quieren estar en la segunda opción, pero no siempre, ni mucho menos, es así. Si te obligan a pagar a la Agencia Tributaria, esta te ofrece dos opciones: pagar el 100% de una vez, o en dos plazos con meses de diferencia.
Apunten la fecha límite de Hacienda: no te retrases ni un solo día en el pago
Hace pocos días la Agencia Tributaria recordó a todos los ciudadanos españoles pendientes de realizar ese pago, la fecha límite para hacerlo. Lo más común es que estos tengan domiciliado el segundo pago de la renta, por lo que deberán tener sí o sí dinero suficiente para llevar a cabo esa operación. Es por eso que Hacienda lo ha recordado a un mes vista, para así evitar problemas futuros en relación con este hecho.
Pues bien, la fecha límite no es otra que el 6 de noviembre. Los que han aplazado el segundo pago de la renta tendrán que pagar el 40% restante de lo que pagaron en los meses de verano. Si no tienes el dinero suficiente te puedes meter en un problema serio. Si Hacienda no recibe esa cuantía, comenzará a realizar los trámites necesarios. Una de las opciones es pagarlo más adelante y con un recargo importante.
Si no lo tienes domiciliado hay otras formas de pagar esa deuda. Se puede hacer online, acudiendo a una entidad bancaria situada en España o yendo incluso a la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. En cualquier caso, os recordamos que la clave es pagarlo antes del 6 de noviembre. De no hacerlo, Hacienda podría tenerte en su punto de mira.