Cada vez se están poniendo más serios con este tema. ¿Tienes una casa en propiedad? Cuidado porque Hacienda puede multarte por esto.
Comprarse una casa hoy en día no es algo muy sencillo de lograr. De hecho, el precio de las hipotecas está por las nubes y no parece que vaya a descender a corto plazo. Sin embargo, sí que hay que tener en cuenta varios aspectos importantes y es que una vez adquieras tu domicilio tendrás que realizar una serie de gastos económicos. Esto es una obviedad y es algo que todo el mundo debe saber.
Ahí es precisamente donde radica la cuestión y es que no todas las personas son conscientes de este hecho, pero la realidad es precisamente que tener la posibilidad de comprar puede llevarte a pagar de más por multas. Ahí la situación principal la constituyen desde Hacienda porque podría llevarte a tener unos gastos de más.
Multas de Hacienda por tener casa en propiedad
Una de las cuestiones que hay que tener en cuenta es que ante todo hay que pagar tres tributos a la Agencia Tributaria una vez tengas una casa a tu nombre. Estas tres imposiciones son las relacionadas con el impuesto de renta de las personas físicas, o IRPF; la plusvalía municipal; y el impuesto sobre bienes o IBI. Ya puedes más o menos maquinar por dónde van a ir los tiros acerca de las multas.
Hay que pagar estos impuestos sí o sí, y dentro de los cuales se puede añadir el Impuesto de Sucesiones si se adquiere a través de una herencia. A partir de aquí hay que tener en cuenta las multas cuantiosas que puedes recibir. Si no declaras los gastos del IRPF puedes tener el 50% de la cantidad a declarar como multa si no excede los 3000 euros. En caso de hacerlo, puede ir desde el 50% hasta el 100% de la cantidad, pero en los casos muy graves (donde se incluyen métodos fraudulentos), la multa puede llegar a incrementarse al 150% de la cantidad inicial.
La plusvalía municipal se pagará con intereses en caso de demora y también en caso de multa entre el 50 y el 150% dependiendo de la gravedad. Si se declara fuera del tiempo, se pagará una cantidad entre el 5 y el 20% dependiendo del tiempo de la demora.
Por último, en el caso del IBI hay que tener en cuenta que el plazo es indispensable. Si no se paga entre los 3 y 6 meses se realizará un 5% de recargo. Esto aumentará el 10% si es entre 3 y 6 meses y al 20% cuando ha pasado dicho tiempo.