En los próximos meses los contratos de alquiler sufrirán una serie de cambios que podrían beneficiar a los inquilinos.
Conseguir y mantener una vivienda de alquiler sigue siendo un gran problema para familias, parejas y jóvenes estudiantes o emancipados. En un en un contexto en el que la demanda supera la oferta, adquirir un piso o una casa es un proceso difícil, lento y costoso. Especialmente si tenemos en cuenta que el mercado de alquileres ha registrado máximos históricos en España durante 2023. Fijando el precio medio del metro cuadrado en 11, 8 euros, casi un 10% más caro que hace un año.
Sin embargo, y pese a no fijar un precio máximo en el alquiler de viviendas, el Gobierno ha previsto una serie de medidas para que el gasto mensual de los alquilados sea un poco más llevadero. Recordemos que tras la aprobación de la Ley de Vivienda el pasado mes de abril, se prohibía subir el alquiler más allá de lo establecido conforme al IPC. Además los honorarios de agencia y algunos gastos como el impuestos de basura, pasaban obligatoriamente a cargo del propietario. Ahora en 2024, vuelven a producirse una serie de cambios que debemos tener en cuenta, tanto si somos arrendadores, como arrendatarios.
Cambios en el contrato de alquiler para este 2024, que debes tener en cuenta
En concreto, se establece un máximo de un 3% de subida en las revisiones de contratos de arrendamientos hasta final de 2024. Además, para aquellos contratos que finalizan antes de junio se habilita una prórroga extraordinaria de hasta 6 meses, siempre y cuando el inquilino lo solicite. La ley señala que: «durante esos seis meses se seguirán aplicando los términos y condiciones establecidos para el contrato en vigor».
Todo esto con la excepción de que el propietario necesite el inmueble como alojamiento propio, para aluno de sus familiares de primer grado o para su cónyuge, en el caso de que haya una sentencia firme de separación o divorcio.
Por otro lado, y en el caso de alquiler nuevo, es el propietario el responsable de pagar los honorarios de agencia, en el caso de que se haya recurrido a ella. Asimismo el dueño de la vivienda no podrá cargarnos con los gastos del IBI o la tasa de basura. Además, si tienes entre 18 y 35 años, tus ingresos son inferiores a tres veces el IPREM, y tienes un alquiler mensual de menos de 600 euros al mes, podrás solicitar ayudas económicas con el bono alquiler joven.